El propósito del Gobierno del Distrito Federal, es encauzar sus acciones a la construcción de esquemas y modelos de Administración Pública que garanticen las responsabilidades de un gobierno eficiente y de calidad, no sólo con la voluntad política de lograrlo, sino fundamentalmente creando las condiciones normativas, y operativas que den sustentabilidad a la Función Pública.
Existen investigaciones y referencias experimentales que dan peso teórico y práctico a su inaplazable instrumentación; no se puede caminar en paralelo hacia la consolidación de un sistema democrático, con las leyes, sistemas y modelos administrativos antiguos o premodernos, que sólo han significado el mantenimiento de un estatus de privilegios, de concesiones políticas y, sobre todo, con los resultados de un aparato administrativo que no ha contribuido al bienestar de la población que, al contrario de éstos, ha generado un atraso secular en la dinámica redistributiva de los grupos sociales con menores posibilidades productivas, y ha entorpecido la natural iniciativa de un conglomerado social, cuyas capacidades de aplicación de la inversión y de la tecnología hubiera permitido incrementar, desde hace mucho tiempo, la planta productiva en los sectores estratégicos de la economía nacional.
La sociedad merece y reclama un cambio profundo del ejercicio del poder. En esta sentida demanda generalizada de la población, el Gobierno del Distrito Federal se ha planteado un nuevo esquema en la forma de organización de la Administración Pública, que conlleva no sólo a la recomposición de los procesos y métodos de calidad, fundamentalmente, a establecer una plataforma estructural y técnica de profesionalización de los Servidores Públicos, y cuya principal característica esté permeada por la transparencia y legalidad que requiere un cambio tan profundo en las relaciones laborales, en un marco de absoluto respeto de sus derechos como servidores públicos, pero también como puntuales observadores de cumplimiento de sus obligaciones para con el propio Gobierno así como con la sociedad.
Los objetivos que el Servicio Civil de Carrera busca como instrumento para la profesionalización de los Servidores Públicos en el Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal, se encuentran sustentados en el mérito, la igualdad de oportunidades y el desarrollo permanente, buscando con ello, que la Administración de Justicia cumpla con sus programas y alcance sus metas con base en la actuación de personal calificado, prestando servicios de calidad, con imparcialidad, libre de prejuicios, lealtad a la institución, de manera continua, uniforme, regular y permanente, satisfaciendo necesidades y respondiendo a las demandas que los habitantes del Distrito Federal buscan de manera pronta y transparente en lo que se refiere a impartición de justicia.
Es importante precisar que la figura del Servidor Público es fundamental en este tema, porque es quien desempeña el empleo, cargo o comisión dentro de la Administración de Justicia con el fin de dirimir las controversias suscitadas entre la Administración Pública y los particulares al ser atribuciones, funciones o tareas legalmente asignadas al Estado en beneficio de la sociedad y aunque si bien es cierto, que son innegables los beneficios que provoca el Servicio Civil de Carrera en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal , no menos cierto es que también existen inconvenientes que han detenido su avance, mermando los beneficios y regresando a vicios anteriores tales como: a) la decisión personal de sujetos con poder dentro de las instituciones gubernamentales, b) los intereses partidistas, que atienden a necesidades distintas a las de la población del Distrito Federal entre otras y olvidándoseles que existe un deber jurídico que atiende el comportamiento requerido por el derecho, es decir, la conducta obligada de conformidad con una norma jurídica que deberían acatar las autoridades de manera literal evitando así que los hombres y mujeres que desarrollan Carrera en el Servicio Público lo hagan no con base en el mérito profesional sino sólo por la decisión de un grupo minoritario de personas que hacen manifiesto el poder de que gozan y propiciando detrimento de la normatividad expresa y aplicable al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
Hans Kelsen expresa que un mandato es la expresión de una voluntad (o de un deseo) individual y que tiene por objeto la conducta de otro individuo. Por tanto, las normas jurídicas son un mandato de carácter obligatorio por parte de una autoridad competente que pretende que los sujetos a quienes va dirigida realicen un deber ser. Por ende, me parece grave que sea el propio Tribunal quien no obedezca su propia reglamentación, puesto que está sujeto a ella de manera voluntaria toda vez que su reglamentación fue expedida por él, a plena conciencia y en atención a las necesidades de garantizar el buen funcionamiento de los recursos humanos que en su momento el Tribunal considero de primera instancia.
El positivismo jurídico explicado por Hans Kelsen y de acuerdo a mi criterio, ocupa un lugar fundamental en el estudio de este tema, ya que de acuerdo con éste autor justo es que una regla general sea efectivamente aplicada en aquellos casos en que de acuerdo con su contenido, debe aplicarse. Injusto sería que la regla fuese aplicada en un caso y dejase de aplicarse en otro similar, situación que muy frecuentemente se desenvuelve y que sin lugar a dudas genera un grave problema entre la población que labora en este H. Tribunal ya que en la mayoría de las veces la aplicación de la normatividad es ficticia, favoreciendo a un grupo de personas solamente teniendo como consecuencia la desacreditación y restando credibilidad a este órgano de gobierno ya que no siempre el personal que esta al frente de un cargo público es el más apto o el más calificado.
Existen investigaciones y referencias experimentales que dan peso teórico y práctico a su inaplazable instrumentación; no se puede caminar en paralelo hacia la consolidación de un sistema democrático, con las leyes, sistemas y modelos administrativos antiguos o premodernos, que sólo han significado el mantenimiento de un estatus de privilegios, de concesiones políticas y, sobre todo, con los resultados de un aparato administrativo que no ha contribuido al bienestar de la población que, al contrario de éstos, ha generado un atraso secular en la dinámica redistributiva de los grupos sociales con menores posibilidades productivas, y ha entorpecido la natural iniciativa de un conglomerado social, cuyas capacidades de aplicación de la inversión y de la tecnología hubiera permitido incrementar, desde hace mucho tiempo, la planta productiva en los sectores estratégicos de la economía nacional.
La sociedad merece y reclama un cambio profundo del ejercicio del poder. En esta sentida demanda generalizada de la población, el Gobierno del Distrito Federal se ha planteado un nuevo esquema en la forma de organización de la Administración Pública, que conlleva no sólo a la recomposición de los procesos y métodos de calidad, fundamentalmente, a establecer una plataforma estructural y técnica de profesionalización de los Servidores Públicos, y cuya principal característica esté permeada por la transparencia y legalidad que requiere un cambio tan profundo en las relaciones laborales, en un marco de absoluto respeto de sus derechos como servidores públicos, pero también como puntuales observadores de cumplimiento de sus obligaciones para con el propio Gobierno así como con la sociedad.
Los objetivos que el Servicio Civil de Carrera busca como instrumento para la profesionalización de los Servidores Públicos en el Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal, se encuentran sustentados en el mérito, la igualdad de oportunidades y el desarrollo permanente, buscando con ello, que la Administración de Justicia cumpla con sus programas y alcance sus metas con base en la actuación de personal calificado, prestando servicios de calidad, con imparcialidad, libre de prejuicios, lealtad a la institución, de manera continua, uniforme, regular y permanente, satisfaciendo necesidades y respondiendo a las demandas que los habitantes del Distrito Federal buscan de manera pronta y transparente en lo que se refiere a impartición de justicia.
Es importante precisar que la figura del Servidor Público es fundamental en este tema, porque es quien desempeña el empleo, cargo o comisión dentro de la Administración de Justicia con el fin de dirimir las controversias suscitadas entre la Administración Pública y los particulares al ser atribuciones, funciones o tareas legalmente asignadas al Estado en beneficio de la sociedad y aunque si bien es cierto, que son innegables los beneficios que provoca el Servicio Civil de Carrera en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal , no menos cierto es que también existen inconvenientes que han detenido su avance, mermando los beneficios y regresando a vicios anteriores tales como: a) la decisión personal de sujetos con poder dentro de las instituciones gubernamentales, b) los intereses partidistas, que atienden a necesidades distintas a las de la población del Distrito Federal entre otras y olvidándoseles que existe un deber jurídico que atiende el comportamiento requerido por el derecho, es decir, la conducta obligada de conformidad con una norma jurídica que deberían acatar las autoridades de manera literal evitando así que los hombres y mujeres que desarrollan Carrera en el Servicio Público lo hagan no con base en el mérito profesional sino sólo por la decisión de un grupo minoritario de personas que hacen manifiesto el poder de que gozan y propiciando detrimento de la normatividad expresa y aplicable al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
Hans Kelsen expresa que un mandato es la expresión de una voluntad (o de un deseo) individual y que tiene por objeto la conducta de otro individuo. Por tanto, las normas jurídicas son un mandato de carácter obligatorio por parte de una autoridad competente que pretende que los sujetos a quienes va dirigida realicen un deber ser. Por ende, me parece grave que sea el propio Tribunal quien no obedezca su propia reglamentación, puesto que está sujeto a ella de manera voluntaria toda vez que su reglamentación fue expedida por él, a plena conciencia y en atención a las necesidades de garantizar el buen funcionamiento de los recursos humanos que en su momento el Tribunal considero de primera instancia.
El positivismo jurídico explicado por Hans Kelsen y de acuerdo a mi criterio, ocupa un lugar fundamental en el estudio de este tema, ya que de acuerdo con éste autor justo es que una regla general sea efectivamente aplicada en aquellos casos en que de acuerdo con su contenido, debe aplicarse. Injusto sería que la regla fuese aplicada en un caso y dejase de aplicarse en otro similar, situación que muy frecuentemente se desenvuelve y que sin lugar a dudas genera un grave problema entre la población que labora en este H. Tribunal ya que en la mayoría de las veces la aplicación de la normatividad es ficticia, favoreciendo a un grupo de personas solamente teniendo como consecuencia la desacreditación y restando credibilidad a este órgano de gobierno ya que no siempre el personal que esta al frente de un cargo público es el más apto o el más calificado.
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